¿Te has lanzado a la aventura de comprar un piso sin la ayuda de un profesional?

Entonces estarán rondando muchas dudas por tu cabeza, ¿verdad?

Una de las dudas que más nos preocupan a la hora de comprar nuestro nuevo hogar es si el piso estará libre de cargas. Por eso hoy nos vamos a centrar en esta parte… ¡Empezamos!

 

¿Qué tipo de cargas puede tener una vivienda?

 

  • Cargas hipotecarias, embargos o afecciones fiscales
  • Cargas tributarias
  • Cargas vecinales

 

¿Cómo puedo saber si la vivienda que estoy a punto de comprar tiene alguna carga?

 

1.- Cargas hipotecarias, embargos o afecciones fiscales

Para comprobar si el piso está libre de este tipo de cargas, lo ideal es pedir una Nota Simple actualizada en el Registro de la Propiedad. En ella podremos comprobar además, si el piso está a nombre del vendedor.

Si existiera algún tipo de carga hipotecaria (algo muy habitual), dicha carga tendrá que ser cancelada antes o el mismo día de la escritura a través de un Certificado que emitirá el banco del vendedor al del comprador. Para ello, habrá que abonar una Provisión de Fondos para hacer frente a los gastos de cancelación de la hipoteca.

 

2.- Cargas tributarias

Para asegurarnos de que el vendedor está al día en los pagos tributarios (por ejemplo en el IBI), tendremos que solicitarle los justificantes de pago del último año.

Es importante que nos cercioremos de esto antes de la firma de escritura ya que, en caso de existir algún impago, éste se reclamará al siguiente propietario, vamos, a ti.

 

3.- Cargas vecinales

Para evitar llevarnos sorpresas con la comunidad, tendremos que solicitar al Administrador de Fincas o al Presidente de la Comunidad un Certificado de Comunidad en el que tendrá que aparecer:

  • Que el actual propietario está al día de los pagos comunitarios ordinarios
  • Información sobre las posibles derramas que puedan existir

A este respecto, si existiera una derrama y esta estuviera aprobada antes de la firma de escritura, le corresponderá el pago al actual propietario. En caso de que no estuviera aprobada, el pago le corresponderá al comprador (a no ser que se llegue a otro acuerdo en el contrato privado de compraventa)

 

Estas comprobaciones son de vital importancia ya que, en casi de adquirir una vivienda con obligaciones económicas, el responsable de abonarlas serás tú.

 

¿Tienes dudas al respecto o necesitas ayuda para finalizar la compra de tu nuevo hogar? No dudes en llamarnos, te informaremos de forma gratuita sobre nuestros servicios exclusivos adaptados a compradores que te ayudarán a comprar tu piso de forma segura y sin sorpresas.

 

Directora de Oficina

 

Irati Martín

eica inmobiliaria Donosti

#Másde20AñosContigo

 

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